LA COMUNICACIÓN DE LAS BRECHAS DE SEGURIDAD EN EL RGPD
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece la obligación de notificar a la Agencia Española de Protección de...
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2
May
A partir del 25 de mayo será de aplicación el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos – RGPD)
Esto significa que la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos (LOPD) deja de estar vigente y habrá que esperar a que se apruebe la que será nueva Ley Orgánica de Protección de Datos 2018, actualmente en fase de proyecto.
Los cambios acaecidos en la sociedad a nivel global, con internet, las redes sociales, comercio online, Big data… han hecho necesaria una regulación, puesto que muchos de los cambios han afectado directamente a los derechos y libertades de las personas, haciendo que los datos personales se conviertan en un valor más de negocio y sin ofrecer garantía alguna sobre la confidencialidad ni sobre el correcto uso de estos.
El RGPD viene a reforzar los derechos de las personas físicas a través de:
En cuanto al proceso de adaptación, éste va a depender del tipo de empresa y de los tipos de datos con los que trabaje (datos de riesgo, sensibles, financieros…).
Y a grandes rasgos ¿qué le va a exigir el RGPD a tu empresa?
Imagen: Teravitia
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