LOS ODS Y LAS NORMAS ISO
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18
Feb
Compliance penal se define como un programa de prevención de riesgos penales, un conjunto de normas de carácter interno que tienen las empresas, cuyo objetivo será garantizar que la actividad que se realice en ella y las personas que actúan en su nombre lo hagan según la legalidad, según la política de empresa, los códigos éticos del sector y cualquier otra disposición que les sea de aplicación.
Y, además, la parte penal del término hace referencia, a que es una herramienta que permitirá separar las responsabilidades penales de la persona física respecto a la jurídica, sin que una se pueda ver salpicada por los delitos que cometa la otra.
En definitiva, si unimos ambas partes, el término Compliance Penal se define como la herramienta de carácter preventivo que se implementa en una empresa con el objetivo de prevenir la infracción de normas de carácter penal y evitar posibles sanciones que puedan generar responsabilidad a la empresa.
Entre los delitos que pueden darse en el seno de una empresa encontramos el fraude, los daños informáticos, el blanqueo de capitales, los cambios de precios, los daños al medio ambiente, el robo de información, e incluso delitos de lesiones, acosos o abusos sexuales, etc.

¿Qué beneficios aporta?
Como ya hemos mencionado, Compliance Penal, se trata de un sistema de gestión que permitirá a la organización tener un mayor control sobre su funcionamiento, sobre cómo se opera y trabaja, para poder dirigir su estrategia de negocio hacia la reducción de los riesgos legales y a la detección de posibles hechos ilícitos que pudieran tener trascendencia penal para la organización. Y, además, podrá garantizar ante las autoridades, antes posibles clientes y ante la sociedad su compromiso con el cumplimiento legal y con las buenas prácticas del sector.
¿Cómo implementar un modelo de compliance?
En la actualidad, existen distintas normas nacionales e internacionales que se pueden utilizar de referencia para diseñar un modelo de Compliance efectivo y adaptado a las necesidades concretas de cada empresa. Entre ellas se encuentran la Norma UNE 19601 sobre Compliance Penal, la Norma ISO 19600 sobre gestión de sistemas de Compliance; y la Norma ISO 37001 sobre prevención del soborno y la corrupción.
Pero, se elija la norma que se elija, lo más importante es que el sistema se adapte a las necesidades de la empresa, que se estructure siguiendo lo indicado en el artículo 31 bis del Código Penal, y posteriormente considere los requisitos, aspectos o controles que defina es estándar elegido.
Y tal y como dice el art.31 bis del Código Penal, los modelos de gestión deberán cumplir los siguientes requisitos:
Imagen:freepik
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