La Ley 11/2018, de 28 de diciembre, vino a modificar
el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y
la Ley de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y
diversidad.
Esta Ley introduce importantes novedades en materia de información no financiera para determinadas sociedades, ya que además de modificar la Leyes mencionadas anteriormente, pretende impulsar la nueva norma la transparencia y el compromiso social de las empresas obligándolas a dar más información.
La información no financiera engloba
la información necesaria para comprender la evolución, los resultados, la
situación de la empresa o grupo de empresas y el impacto de su actividad
respecto a cuestiones medioambientales y sociales,
al respeto de los derechos humanos y a la lucha
contra la corrupción y el soborno, así como relativas al personal.
Estarán obligadas a dar la información no financiera,
las Sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y las comanditarias por
acciones que, de forma simultánea, tengan la condición de entidades de interés
público cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea
superior a 500 y, adicionalmente se consideren empresas grandes en los términos
definidos por la Directiva 2013/34. Y las sociedades de interés público que
formulen cuentas consolidadas también están incluidas en el ámbito de
aplicación de esta norma siempre que el grupo se califique como grande, en los
términos definidos por la Directiva 2013/34/UE, y el número medio de
trabajadores empleados durante el ejercicio por el conjunto de sociedades que
integran el grupo sea superior a 500.
Y ¿QUÉ INFORMACIÓN NO FINANCIERA DEBE PRESENTARSE?
La Ley
11/2018 pretende que las sociedades, entre otra información de carácter social,
incluyan información ambiental. El objetivo es que las empresas identifiquen
los riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los
inversores, los consumidores y la sociedad en general, al tiempo que incrementa
la divulgación de información sobre aspectos ambientales.
Y
específicamente, la Ley establece que dentro de la información no financiera
que deben presentar las empresas, se incluya información detallada sobre los
efectos actuales y previsibles que sus actividades puedan tener en el medio
ambiente , y en su caso, sobre la salud y la seguridad; también se incluirán
los procedimientos de evaluación o certificación ambiental; los recursos
dedicados a la prevención de riesgos ambientales; la aplicación del principio
de precaución, la cantidad de provisiones y garantías para riesgos ambientales.
Además, indica las siguientes pautas a modo de guía:
- Contaminación: medidas para prevenir,
reducir o reparar las emisiones de carbono que afectan gravemente el medio
ambiente; teniendo en cuenta cualquier forma de contaminación atmosférica
específica de una actividad, incluido el ruido y la contaminación
lumínica.
- Economía circular y prevención
y gestión de residuos: medidas de prevención, reciclaje,
reutilización, otras formas de recuperación y eliminación de desechos;
acciones para combatir el desperdicio de alimentos.
- Uso sostenible de los recursos: el consumo de agua y el
suministro de agua de acuerdo con las limitaciones locales; consumo de
materias primas y las medidas adoptadas para mejorar la eficiencia de su
uso; consumo, directo e indirecto, de energía, medidas tomadas para
mejorar la eficiencia energética y el uso de energías renovables.
- Cambio climático: los elementos importantes de
las emisiones de gases de efecto invernadero generados como resultado de
las actividades de la empresa, incluido el uso de los bienes y servicios
que produce; las medidas adoptadas para adaptarse a las consecuencias del
cambio climático; las metas de reducción establecidas voluntariamente a
medio y largo plazo para reducir las emisiones de gases de efecto
invernadero y los medios implementados para tal fin.
- Protección de la biodiversidad: medidas tomadas para
preservar o restaurar la biodiversidad; impactos causados por las
actividades u operaciones en áreas protegidas.
Si su sociedad está entre las que deben realizar el informe sobre la información no financiera en INTEGRA podemos asesorarle.
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